Abusadores
filed in Personal on Apr.23, 2007
Si, eso es lo que son una gran parte de los dueños de locales de ocio nocturno en Tenerife, al menos en la zona Metropolitana y Norte. No se que se creen, ¿están por encima de las leyes y pueden imponer lo que les venga en gana?.
El derecho de admisión esta regulado
En virtud de lo dispuesto en el art 59.1 e) del Real Decreto 2816/82, de 27 de agosto de 1982, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
QUEDA PROHIBIDA LA ENTRADA Y/O PERMANENCIA EN ESTE LOCAL A TODA PERSONA QUE:
-Se encuentre en estado de embriaguez.
-Porte cualquier objeto susceptible de causar daño a personas o cosas.
-Porte o consuma cualquier tipo de drogas o cualquier tipo de sustancias psicotrópicas.
-Falta de aseo personal.
-Lleve indumentaria inadecuada a las exigencias de la empresa (tal como calzado y ropa deportiva, camisetas de tirantes o ropa en mal estado).
-Alborotadores comprobados.
-Provoque o incite cualquier desorden en la sala.
Si los locales, quieren restringir aún más el filtro de acceso al mismo, estas normas, deben estar expuestas en un cartel fuera del local, situado de manera bien visible.
Todo esto viene a consecuencia de una situación que viví este sábado. Había estado con varios amigos de copas, y cuando la mayoría de estos, decidieron marcharse, dos de los que iniciamos la noche y yo, decidimos quedarnos un rato. En nuestra búsqueda de un local en el que el acceso al mismo no estuviera saturado, nos decantamos por uno en el que no se apreciaba cola alguna, cuando estábamos entrando, el portero nos para y le dice a uno de mis amigos.
[P]ortero.- Con calzado deportivo no puede entrar.
W(mi amigo).- Calzado deportivo?Pero si ….
P.- Es calzado deportivo, y así no puede entrar.
Yo.- Vamos a ver, sinceramente, tú crees que yo voy a hacer deporte con estos zapatos(*)?
P.- No, pero es calzado deportivo.
Yo.- Ya, claro, buah!, ni que esta mierda de antro tuviera parqué!!!(tras esto nos marchamos a otro lugar)
No habia ningún cartel, ni nada parecido con normas de acceso al local.
Si el local, tuviera superficie de parqué, podría comprender que negaran la entrada a cualquier persona con calzado cuya suela fuese de goma, pero no era el caso.
Mi calzado en esa ocasión era este, el de mi amigo, parecido
Existen más en la red sobre este tema:
Reservado el derecho de admisión en Rosanegra Blog
BOC 1998/006 de 14 de Enero de 1998 sobre el Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas.
April 26th, 2007 on 13:21
Yo siempre salgo por zapatos pero aún así en algunos lugares los porteros me han dicho cosas como: “No eres cliente habitual” o “Eres menor de 25 años”.
Aunque en otras ocasiones he podido entrar a esos locales sin ningún problema. Lo que tengo por demostrado que el control a las chicas es bastante diferente siendo este cuando más provocativa vaya, menos problemas para entrar en los sitios, siendo aún menor de edad.
April 30th, 2007 on 13:18
El problema, es que no nos quejamos, haciendo uso de lo que tenemos a nuestra disposición para ello, en este caso habría sido una hoja de reclamación, acompañado con su correspondiente denuncia en la oficina del consumidor. Esto no lo hacemos, porque basicamente desconocemos nuestros derechos. Seguramente una denuncia, caerá en saco roto, pero varias, ya hará que se produzca movimiento por parte de la administración.
June 14th, 2007 on 11:46
Pa la próxima vas en cholas, a ver qué te dicen.
June 14th, 2007 on 11:48
Por cierto, ¿esto fue la noche del Limbo, no? Hay que salir ya! A ver si conectas algún día, que parece que tuvieras más trabajo que el dentista de Ronaldinho.